La economía digital ha cambiado la forma en la que muchos ciudadanos complementan sus ingresos habituales. Se calcula que, cada año, la compraventa entre particulares a través de plataformas de segunda mano como Vinted o Wallapop alcanza en España un volumen superior a los 8.500 millones de euros. En muchos de estos casos, estas operaciones cuentan con un reducido valor, lo que no exime de su correspondiente notificación al ministerio fiscal.
En este sentido, tras la reciente transposición de la Directiva europea DAC 7, los vendedores de productos de segunda mano que realicen más de 30 operaciones al año (o ingresen más de 2.000 euros) deberán tributar por estas transacciones. Estas computarán como ganancias patrimoniales en la base del ahorro del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y, en otras ocasiones, tambien estarán sujetas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), que suele abonar el comprador.
La Agencia Tributaria (AEAT) impulsará este año una campaña especial de avisos preventivos, por la que se enviarán 437.000 notificaciones a los contribuyentes para que revisen sus declaraciones y se aseguren de haber incluido toda la información sobre sus ventas en este tipo de plataformas.
Esta vigilancia reforzada se enmarca en un contexto de auge del mercado de segunda mano. Según la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), más del 60% de los internautas españoles usa plataformas digitales de compraventa o economía colaborativa. Además, el Plan de Control Tributario y Aduanero 2024 de la AEAT ya incluía entre sus objetivos prioritarios la monitorización estrecha de aquellas operaciones realizadas a través de plataformas digitales y neobancos.
Por otro lado, la Directiva DAC 7 obligará a las plataformas digitales a recopilar y reportar automáticamente a Hacienda los ingresos de los usuarios que superen ciertos umbrales, con el fin de evitar el fraude fiscal. También será necesario la comunicación de otros datos: residencia, identificación, cuentas financieras utilizadas para cobros, comisiones, etc.
Cómo informar a la AEAT
Como hemos comentado, los ingresos por la venta de productos de segunda mano en plataformas digitales deberán declararse en la base imponible del ahorro del IRPF. Sin embargo, sólo deberá hacerse cuando exista beneficio (el precio final de la venta supera el precio original por el que se compró ese producto). En un amplio porcentaje, las operaciones se cierran sin beneficios debido a la rebaja de precio que ocasiona el desgaste del producto o su antigüedad, en el caso de prendas de ropa de temporadas pasadas.
Los tipos actuales gravan con un 19% los primeros 6.000€ de beneficio, subiendo de forma progresiva hasta el 30% para las transacciones que arrojen un mayor margen. En caso de no declaraciones estas transacciones en la Renta, las sanciones previstas por el Ministerio de Hacienda parten de los 300 euros, más posibles recargos.
Por otro lado, los compradores también enfrentan diversas obligaciones de notificación y tampoco están exentos de tributar por sus adquisiciones (especialmente, las de cuantía considerable). Estas operaciones estarán sujetas al ITP, con tipos que dependerán de cada comunidad autónoma y que arrancarán desde el 4%.
Desde ADICAE consideramos que el aumento del control fiscal sobre las operaciones en plataformas digitales debe ir acompañado de información clara, accesible y comprensible para los consumidores. La compraventa de productos de segunda mano forma parte de una economía circular cada vez más extendida y, en la mayoría de los casos, responde a operaciones ocasionales y de escaso importe. Por ello, es fundamental que las obligaciones tributarias no generen confusión ni inseguridad, y que las plataformas informen de forma transparente a los usuarios sobre qué datos comunican a Hacienda y en qué supuestos puede existir obligación de declarar.
Como consejo para los consumidores, ADICAE recomienda conservar justificantes de compra y venta, capturas de las operaciones, comisiones y gastos asociados, especialmente si se realizan ventas frecuentes o de importe elevado. Antes de confirmar la declaración de la Renta, conviene revisar si alguna operación ha generado una ganancia real, es decir, si se ha vendido por encima del precio de compra. En caso de recibir un aviso de la Agencia Tributaria, no debe ignorarse: lo recomendable es revisar la información, contrastarla con la documentación disponible y solicitar asesoramiento si existen dudas.


