El Tribunal Supremo, con las dos sentencias de 11 de noviembre de 2025, relativas al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), vuelve a situar a miles de consumidores en una posición de clara desventaja frente a las entidades financieras.
Las sentencias descartan una declaración general de nulidad de las cláusulas IRPH y apuestan por un análisis individualizado caso por caso, trasladando a los consumidores la carga de demostrar la falta de transparencia y el carácter abusivo de la cláusula en su contrato concreto. En la práctica, esta interpretación aboca a miles de hipotecados a iniciar reclamaciones judiciales complejas, largas y costosas, pese a tratarse de un problema estructural y masivo.
El Tribunal Supremo considera que el hecho de que el IRPH sea un índice oficial y públicamente accesible puede ser suficiente, en determinados casos, para entender cumplidas las exigencias de transparencia. Asimismo, sostiene que la falta de transparencia no implica automáticamente la nulidad de la cláusula, exigiendo además la prueba de un desequilibrio significativo en perjuicio del consumidor.
Desde ADICAE, rechazamos frontalmente esta posición, que supone una interpretación claramente pro banca y alejada de la realidad de la contratación hipotecaria. La mayoría de los consumidores afectados no recibió información clara, comprensible ni suficiente sobre cómo se calculaba el IRPH, su evolución histórica ni su comparación con otros índices de referencia como el Euríbor, lo que les impidió conocer el verdadero impacto económico del préstamo que estaban contratando.
Esta nueva doctrina del Supremo debilita gravemente la protección de los consumidores, al elevar de forma desproporcionada las exigencias probatorias y minimizar las obligaciones de información de las entidades financieras. Además, se aleja del criterio marcado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que ha insistido en que el control de transparencia exige que el consumidor pueda comprender realmente el funcionamiento y las consecuencias económicas de la cláusula, y no solo que esta sea formalmente accesible.
Lejos de ofrecer una solución justa a un problema que afecta a cientos de miles de familias, las sentencias del Supremo consolidan una situación de desequilibrio en favor del sector bancario.
la Asociación continuará defendiendo la nulidad de las cláusulas IRPH , impulsando la acción colectiva como herramienta frente a abusos masivos, informando a los afectados para que conozcan sus derechos y opciones de reclamación y exigiendo un marco normativo que garantice una protección real y efectiva de los consumidores financieros.
